Catalina de Ribera.


Catalina de Ribera.


Nació Catalina de Ribera en Sevilla y falleció el 13 de Enero de 1505 en la tierra que la vio nacer, noble Señora de la Casa de los Riberas y IV Condesa de Los Morales. Ilustre dama sevillana descendiente del III Adelantado Mayor de Andalucía Per Afán de Ribera, I Conde de los Morales, y de María Hurtado de Mendoza y Figueroa, la que contrajo matrimonio en 1474 con Pedro Enríquez de Quiñones, I Señor de Tarifa y IV Adelantado Mayor de Andalucía, naciendo del matrimonio Fadrique Enríquez de Ribera, V Conde de los Morales, I Marqués de Tarifa y IV Adelantado Mayor de Andalucía y Fernando Enríquez de Ribera, capitán general.

Sería en 1483, cuando la familia Ribera adquieren a la familia de los Pineda el Palacio de las Dueñas, que vendieron para pagar un rescate por Juan de Pineda, preso por los moros en la Ajarquía de Málaga.

Es en el siglo XV, cuando Catalina junto con su esposo Pedro Enríquez, inician la construcción de la bellísima Casa de Pilatos. Un Palacio de unos casi 10.000 m² con un decorado de ensueño, el que debe su nombre a su hijo Fadrique por la peregrinación a tierra santa y es la residencia de la familia.

Ya viuda Catalina en 1492, funda en 1500 con su hijo Fadrique el famoso Hospital de las Cinco Llagas tras obtener la bula pontificia que le permite crear un hospital de caridad para la gente pobre. Este hospital ha estado en funcionamiento hasta 1982, que es reconvertido para la sede del Parlamento de Andalucía en 1992.

La expulsión de los moriscos en Sevilla.



Los moriscos descendientes de los mudéjares moros que permanecieron en España bajo el dominio de los reyes cristianos, conservaron sus creencias religiosas al igual que sus costumbres. Estos moriscos son los moros convertidos al cristianismo, los que eran acusados muchos porque bajo su apariencia de conversión seguían practicando su antigua religión.

 Fue Felipe III quién ordenó la expulsión empezando por Valencia en 1609, siguiendo los de Andalucía a comienzos de 1610 y terminando con los de Aragón, Cataluña, Castilla y Extremadura.

 El bando de expulsión de los moriscos tanto de Murcia, Granada, Jaén, Córdoba y Sevilla fue publicado en Sevilla el 12 de Enero de 1610. Este edicto tenía unas cláusulas bastantes severas, pues no podía sacar más bienes que los que podían llevar consigo. Si se marchaban a países cristianos se les permitía llevar a sus hijos y si marchaban a Berberia o a Turquía el destino más escogido tenían que dejar a los hijos menores de siete años. Terrorífica orden separarse de lo más importante como es un hijo.

 Sevilla tuvo un gran número de niños que se quedaron sin sus padres hasta que cumplían la edad marcada, los que el Estado no sustentó directamente. Por esto fue forzoso hacer un concurso de personas piadosas para que de ellos se encargaran.